Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

DECRETO 50/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta un terreno cedido por el Ayuntamiento de Zaragoza mediante mutación demanial por cambio del sujeto titular, destinado a la ubicación del Conservatorio Superior de Música.

Publicado el 05/04/2011 (Nº 68)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Texto completo:

El Ayuntamiento de Zaragoza, en sesión celebrada el 26 de noviembre de 2010, ha dispuesto la mutación demanial por cambio del sujeto a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón de la parcela, de propiedad municipal, de 12.085 metros cuadrados, donde se ubica el Conservatorio Superior de Música.

El referido Acuerdo municipal sustituye al que se adoptó el 24 de abril de 1991, por el que se cedía parte de esta misma parcela al Ministerio de Educación y Ciencia para la construcción de este equipamiento educativo, que fue objeto de transferencia a la Comunidad Autónoma de Aragón mediante Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria. Por su parte, el Gobierno de Aragón, mediante Decreto 293/2002, de 3 de septiembre, aceptó expresamente la cesión de esta finca.

El nuevo Acuerdo municipal modifica, ampliando la superficie objeto de cesión, y, a su vez, deja sin efecto el Acuerdo de 24 de abril de 1991, del que trae causa el Decreto 293/2002, de 3 de septiembre.

Por lo expuesto, se estima oportuno aprobar un nuevo Decreto que deje sin efecto el 293/2002, de 3 de septiembre, y sea conforme con el Acuerdo municipal de 26 de noviembre de 2010.

La Dirección General de Administración Local ha tomado conocimiento de este nuevo acuerdo municipal, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.

El terreno ofrecido ha sido valorado por el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 51.1 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 22 de marzo de 2011,

Primero.-Aceptación de la cesión

Se acepta la cesión gratuita mediante el procedimiento de mutación demanial por cambio de sujeto titular, acordada por el Ayuntamiento de Zaragoza, de la plena propiedad de la finca de titularidad municipal que a continuación se describe:

«Urbana. Terreno de forma irregular, clasificado por el Plan General como Sistema Local Público y uso de enseñanza, que constituye la parcela número uno del Estudio de detalle de la manzana del Seminario Diocesano del Plan Parcial del Polígono Universidad del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, que forma parte de la parcela de equipamiento de código 28.42 del listado del Plan General y que se corresponde con la anterior parcela resultante V-2-CE del Plan Parcial. Tiene una superficie de doce mil ochenta y cinco metros cuadrados (12.085 m2) y linda: al Noroeste, con Avenida Ramón Sainz de Varanda; al Nordeste, con parcela dos del Estudio de Detalle ocupada en la actualidad por el Centro de Tecnologías Avanzadas e Instituto Nacional de Empleo; al Sureste, con calle Arquitecto Félix Navarro Pérez; y al Suroeste, con Vía de la Hispanidad»

Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 9 de Zaragoza, al tomo 2015, libro 611, folio 43, finca 39.938.

Valoración: un millón cuatrocientos veintidós mil ciento cincuenta y dos euros con veintiún céntimo (1.422.152,21 euros)

Referencia catastral: 4216106XM7131H0001XZ

Libres de cargas y gravámenes

Segundo.-Destino y adscripción

La parcela objeto de mutación demanial deberá destinarse a Conservatorio Superior de Música, durante un plazo mínimo de treinta años siguientes, a contar desde la firma del documento por el que se formalice la esta mutación.

En el caso de que esta parcela no se destinase en el plazo señalado al uso previsto, o dejase de estarlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión, revirtiendo el inmueble a la Entidad Local con todas sus accesiones y mejoras realizadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 del Decreto 347/2002, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.

El terreno deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad de Zaragoza, para su ulterior afectación y adscripción al Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Tercero.-Formalización

Se faculta al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y a la Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Cuarto.-Gastos e impuestos

Los gastos e impuestos que se deriven del otorgamiento de los documentos precisos para la efectividad de este Decreto serán de cargo de la parte cesionaria.

Quinto.-Revocación

Se deja sin efecto, en su totalidad, el Decreto 293/2002, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, en virtud del cual se aceptaba la cesión aprobada por el Ayuntamiento de Zaragoza en los términos previstos en el Acuerdo plenario adoptado el 24 de abril de 1991.

Zaragoza, 22 de marzo de 2011.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,

ALBERTO LARRAZ VILETA